Texto oficial
1° Declárese como Humedal Urbano, para efectos de lo dispuesto en la ley N° 21.202, el humedal denominado Humedal Urbano Picurio, cuya superficie aproximada es de 1,4 hectáreas, ubicado totalmente en la comuna de Frutillar, Región de Los Lagos.
2° Establézcase los límites referenciales del Humedal Urbano Picurio, representados en la cartografía oficial, y que se detallan en coordenadas referenciales UTM según Datum WGS 84, huso 19 sur y son las siguientes:
Para todos los efectos legales, forma parte integrante de la presente resolución, el expediente de declaración de Humedal Urbano Picurio, el cual se encuentra publicado en la página del Ministerio: https://humedaleschile.mma.gob.cl/procesos-desde-municipios/, y que incluye la cartografía oficial, autorizada por el Subsecretario del Medio Ambiente como ministro de fe, que puede ser consultada en las dependencias del Ministerio del Medio Ambiente, así como en el siguiente enlace: https://humedaleschile.mma.gob.cl/wp-content/uploads/2022/07/Cartografia_Picurio.pdf.
4° Infórmese que la presente resolución es reclamable ante el Tribunal Ambiental competente de conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento, dentro del plazo de 30 días contado desde su publicación en el Diario Oficial.
5° Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en la página electrónica del Ministerio del Medio Ambiente.