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Artículo décimo quinto de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre tramitación electrónica de los procedimientos seguidos ante el tribunal constitucional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1191424 / 10425097.

Texto oficial

Artículo décimo quinto. Notificaci�nes por carta certificada. Si no es posible efectuar las notificaciones de manera electrónica a las partes u órganos señalados en el artículo anterior, se practicará la notificación mediante carta certificada, la cual se regirá por lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 42 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional.