Modifica la ley n° 21.516, de presupuesto de ingresos y gastos del sector público para el año 2023, y el número de días de viático por funcionario establecido en el decreto con fuerza de ley n° 262, de 1977, del ministerio de hacienda, que aprueba el reglamento de viáticos para el personal de la administración pública
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1191804 / 10427301.
Texto oficial
Artículo 2.- Durante el año 2023, las trabajadoras y los trabajadores de ambas Cámaras del Congreso Nacional y de la Biblioteca del Congreso Nacional tendrán derecho a más de 90 días, seguidos o alternados, con el 100% del viático completo que les corresponda en virtud de haber prestado el apoyo técnico legislativo y administrativo en el nuevo procedimiento para elaborar una Constitución Política de la República establecido en los artículos 144 y siguientes de la Constitución Política de la República.