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Artículo 1 de la Ley 21.565

Establece un régimen de protección y reparación integral en favor de las víctimas de femicidio y suicidio femicida y sus familias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1191935 / 10428513.

Texto oficial

Artículo 1.- Objeto de la Ley. Esta ley tiene por objeto la creación y fortalecimiento de las acciones efectivas y necesarias por parte del Estado para la atención y reparación integral de las víctimas de femicidio y suicidio femicida.