Texto oficial
Artículo 8. La facultad de calificar una estación de monitoreo como EMRPG-COVs corresponde a la Superintendencia del Medio Ambiente.
Establece norma primaria de calidad del aire para el compuesto orgánico volátil benceno
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1192010 / 10429949.