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Artículo 25 del Decreto 12

Aprueba reglamento que establece la interoperabilidad de los sistemas de recarga de vehículos eléctricos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1192244 / 10431553.

Texto oficial

Artículo 25. Los proveedores de servicios deberán enviar la información en tiempo real a la plataforma de interoperabilidad respecto de los servicios de carga de vehículos eléctricos y sus precios correspondientes, que se entregan en cada cargador asociado a ellos, según se indique en el Instructivo que la Superintendencia dicte para tales efectos.