Texto oficial
Noveno: Fiscalícese por funcionarios de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Maule el efectivo cumplimiento de las medidas extraordinarias resueltas precedentemente.
Prohíbe el funcionamiento de fuentes fijas comunitarias e industriales que emitan material particulado, así como el funcionamiento de las fuentes fijas particulares que utilicen leña, dendroenergéticos sólidos u otro material sólido combustible durante los estados de preemergencia o emergencia ambiental en la comuna de linares
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1192407 / 10432121.