Texto oficial
Artículo 2.- A contar del 1 de mayo de 2023, elévase a $328.230 el ingreso mínimo mensual para los trabajadores y las trabajadoras menores de 18 y mayores de 65 años.
Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, aumenta el universo de beneficiarios y beneficiarias de la asignación familiar y maternal, y extiende el ingreso mínimo garantizado y el subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1192720 / 10434407.