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Artículo 22 de la Ley 21.578

Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, aumenta el universo de beneficiarios y beneficiarias de la asignación familiar y maternal, y extiende el ingreso mínimo garantizado y el subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1192720 / 10434429.

Texto oficial

Artículo 22.- El subsidio establecido en este Título se devengará desde el 1 de mayo de 2023 hasta el 30 de abril de 2025, sin perjuicio de los pagos que se efectúen después de esa fecha conforme las disposiciones de esta ley.