Texto oficial
1. Establécense las siguientes formalidades para solicitar las respectivas autorizaciones de esta Subsecretaría del Deporte, de conformidad a lo señalado en la ley N° 21.564, según se indica a continuación:
En cuanto a la solicitud contenida en el artículo 1 de la ley N° 21.564
a) Formalidades de la solicitud
. La solicitud deberá formularse por escrito, ya sea en formato digital o en papel, y suscrita por el representante legal de la respectiva organización deportiva nacional, o quien se encuentre especialmente facultado para tales efectos. Si se presenta en formato digital, deberá remitirse a la casilla de correo electrónico gestion.documental@mindep.cl, y si se presenta en formato papel, deberá remitirse al Área de Gestión de Documentos de la Subsecretaría del Deporte, en el domicilio Fidel Oteíza 1956, piso 2, Providencia, Región Metropolitana.
. Por expresa disposición de la ley, la solicitud deberá formularse con anterioridad a cualquier pago.
b) Contenido de la solicitud. La respectiva solicitud deberá contener la siguiente información:
. Antecedentes de la organización deportiva nacional a cargo de la planificación, organización y ejecución del respectivo evento deportivo.
. Identificación y antecedentes del evento deportivo organizado.
. Listado que individualice cada una de las organizaciones deportivas, deportistas, personal técnico y jueces, todos extranjeros, que percibirán pagos, rentas, remuneraciones, beneficios, participaciones o cualquier otro ingreso pecuniario en el marco del respectivo evento deportivo. El listado deberá contener, además, el siguiente detalle:
i. Nombre de la persona o razón social, según corresponda.
ii. Número de identificación personal.
iii. Nacionalidad.
iv. País de residencia.
v. Monto de los pagos, rentas, remuneraciones, beneficios, participaciones o cualquier otro ingreso pecuniario que percibirá.
vi. Información sobre la calidad en que percibirán los referidos ingresos y detalle de los servicios que prestarán en el evento deportivo, y que dan origen al pago de la renta. Se debe indicar fecha, lugar y condiciones de la prestación.
En cuanto a la solicitud contenida en el artículo 2 de la ley N° 21.564
a) Formalidades de la solicitud:
. La solicitud deberá formularse por escrito, ya sea en forma digital o en papel, y suscrita por el representante legal de la respectiva organización deportiva nacional, o quien se encuentre especialmente facultado para tales efectos. Si se presenta en formato digital, deberá remitirse a la casilla de correo electrónico gestion.documental@mindep.cl, y si se presenta en formato papel, deberá remitirse al Área de Gestión de Documentos de la Subsecretaría del Deporte, en el domicilio Fidel Oteíza 1956, piso 2, Providencia, Región Metropolitana.
. La solicitud deberá formularse con anterioridad a la internación de las mercancías.
b) Contenido de la solicitud. La respectiva solicitud deberá contener la siguiente información:
. Antecedentes de la organización deportiva nacional a cargo de la planificación, organización y ejecución del respectivo evento deportivo.
. Identificación y antecedentes del evento deportivo organizado.
. Listado de las mercancías a internar. Este listado deberá considerar lo siguiente:
i. La enumeración de las mercancías se deberá realizar en forma pormenorizada, incluyendo su respectiva descripción y atributos, ya sea por unidades o por lotes, si el volumen de las mercancías lo hace necesario y siempre resguardando la integridad y fidelidad de la enumeración.
Con todo, esta enumeración deberá guardar relación con las mercancías declaradas en la respectiva Declaración de Ingreso (DIN) que se tramite, en su oportunidad, ante el Servicio Nacional de Aduanas.
ii. El listado deberá indicar si las respectivas mercancías corresponden a aquellas necesarias para la habilitación y equipamiento de los recintos y/o escenarios deportivos destinados a la preparación y desarrollo de eventos deportivos, o bien corresponden a aquellas destinadas a la preparación, ejecución, uso y consumo de los participantes durante su desarrollo. En cualquier caso, se deberá explicar fundadamente por qué la mercancía goza de esa calidad.
iii. El listado deberá acreditar, además, que la cantidad y características de las mercancías internadas guardan relación con las necesidades del evento deportivo. Para efectos de la verificación de este apartado, la Subsecretaría del Deporte podrá pedir la asistencia técnica del Instituto Nacional de Deportes.
2. Publíquese la presente resolución en el sitio electrónico de Gobierno Transparente de este Ministerio del Deporte, de conformidad con el artículo 7 de la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública.