Texto oficial
1. Dispónese el proceso de Empadronamiento Biométrico
para registrar e identificar a las personas extranjeras que
hayan ingresado al país por paso no habilitado o eludiendo
el control migratorio y se encuentren en el territorio
nacional de manera irregular, que cumplan los requisitos y
procedimiento que a continuación se indican.
2. Se procederá al empadronamiento biométrico de las
personas extranjeras que cumplan los siguientes requisitos
copulativos:
a) Ser mayor de 18 años,
b) Haber ingresado a Chile por paso no habilitado o
eludiendo el control migratorio correspondiente en frontera,
hasta el día 30 de mayo de 2023,
c) Que registren Informe Policial que denuncia su
ingreso al país por pasos no habilitados o eludiendo el
control migratorio; o que hayan realizado la Declaración
Voluntaria de Ingreso por paso no habilitado ante la
Policía de Investigaciones de Chile; y
d) Que se encuentren actualmente en Chile.
3. Quedarán excluidas del proceso empadronamiento
biométrico, las personas que hubieran ingresado al país
con posterioridad al 30 de mayo de 2023.
4. El procedimiento del Empadronamiento Biométrico
constará de las siguientes etapas:
I. Denuncia ante la Policía de Investigaciones de
Chile.
Quienes hayan ingresado al país por paso no habilitado
o eludiendo el control migratorio, y no registren un Informe
Policial que denuncie dicha infracción a la fecha del
presente acto administrativo, podrán, de forma
extraordinaria y hasta el 30 de junio de 2023, realizar la
"Declaración Voluntaria de Ingreso por paso no habilitado"
ante la Policía de Investigaciones de Chile, a través del
siguiente link: https://pdivirtual.cerofilas.gob.cl, el que
los habilitará para participar de este proceso de
empadronamiento.
II. Registro en plataforma web
Desde el día 15 de junio hasta el 22 de septiembre del
presente año, se realizará un registro en línea, a
través de la plataforma web del Servicio Nacional de
Migraciones especialmente dispuesta para los fines del
Empadronamiento Biométrico. En esta plataforma, las
personas extranjeras que cumplan los requisitos señalados,
deberán validar su correo electrónico personal, para luego
llenar los campos de identificación y antecedentes que se
les indiquen.
Una vez finalizado el registro, se habilitará
electrónicamente la selección de una fecha de atención en
la misma plataforma web, con el objeto de reservar una hora
para concurrir personalmente a finalizar el proceso de
registro biométrico, en cualquiera de las dependencias de
la Policía de Investigaciones de Chile destinadas al
efecto, según lo descrito en la etapa siguiente.
III. Registro Biométrico
El Registro biométrico se efectuará de forma
presencial a partir del 27 de junio de 2023 hasta el 31 de
diciembre de 2023, en las dependencias de la Policía de
Investigaciones de Chile dispuestas para dicho trámite,
previa reserva de hora conforme a lo señalado en las etapas
anteriores del proceso. En esta instancia se debe presentar
el documento de identidad o pasaporte (vigente o vencido)
para su verificación y registro, procediendo a la captura
de fotografía y toma de huellas dactilares.
5. Todo registro realizado, en cualquiera de sus
etapas, por medio de declaraciones de identidad falsas o
valiéndose de documentos falsificados, adulterados o
expedidos a nombre de otra persona, será sancionado de
acuerdo con la legislación vigente.
6. Concluido el proceso de Empadronamiento Biométrico,
el Servicio Nacional de Migraciones utilizará la base de
datos recolectada para su incorporación en el Registro
Nacional de Extranjeros y, la evaluación, diseño y
ejecución de políticas públicas en materia migratoria, en
concordancia con los objetivos de la Política Nacional de
Migración y Extranjería.
7. La vigencia del presente acto administrativo regirá
desde el 2 de junio de 2023.