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Artículo 4 de la Ley 21.582

Suprime o modifica la intervención de notarios en trámites, actuaciones y gestiones determinadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1194043 / 10442086.

Texto oficial

Artículo 4.- Elimínase en el inciso tercero del artículo 204 del decreto con fuerza de ley N° 213, de 1953, del Ministerio de Hacienda, sobre Ordenanza de Aduanas, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 30, de 2004, del Ministerio de Hacienda, la frase ", cuyo poder deberá constar en escritura pública,".