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Artículo 6º del Decreto 123

Crea la comisión interministerial de gestión de residuos sólidos y economía circular

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1194368 / 10443975.

Texto oficial

Artículo 6º.- La Comisión Interministerial podrá invitar a sus sesiones a Ministros/as de Estado. Subsecretarios/as, Jefes/as de servicios públicos y/o autoridades cuando lo estime conveniente. También podrá invitar a representantes de instituciones académicas o especialistas, tanto chilenos como extranjeros, organismos públicos y privados y organizaciones no gubernamentales y/o cualquier otra persona natural o jurídica, ya sea pública o privada, cuya participación o colaboración se estime conveniente para su buen funcionamiento, quienes participarán sólo con derecho a voz.