Texto oficial
Art. 12.
El territorio de colonizacion de Angol será rejido por
un Gobernador militar.
Tendrá asimismo un juez de letras, con el sueldo de
tres mil pesos anuales.
Tendrá ademas un secretario con el sueldo de mil pesos
anuales; un oficial de estadística con el de ochocientos
pesos anuales i un oficial auxilar con el de cuatrocientos.
La oficina de correos i la tesorería que actualmente
existen en Angol continuarán con los mismos empleados i
sueldos que actualmente tienen.