Texto oficial
Artículo tercero.- La duración de los permisos de las personas beneficiarias del seguro creado por la ley N° 21.063 que se encuentren haciendo uso de una licencia de acompañamiento de niños y niñas a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, se ampliará hasta completar el número de días de permiso establecidos en el artículo 14 de esa ley, según corresponda.".