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Artículo 7 de Resolución 632 EXENTA

Aprueba resolución complementaria y anexos del decreto supremo n° 26, de 2023, del ministerio del deporte, que aprueba nuevo reglamento de premios por la obtención de logros deportivos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1197122 / 10465417.

Texto oficial

Artículo 7: Logros en Categoría juvenil. i. Medallas en Juegos Olímpicos de la Juventud, de Invierno o de Verano. ii. Medallas en Campeonatos Mundiales obtenidas en pruebas que se encuentren convocadas y premiadas en megaeventos del Ciclo Olímpico y Paralímpico vigente. iii. Récord mundial, reconocido oficialmente por la respectiva federación deportiva internacional según corresponda, en pruebas convocadas y premiadas en el Ciclo Olímpico y Paralímpico vigente. iv. Medallas en Juegos Panamericanos Junior y Juegos Parapanamericanos Juveniles. v. Medalla de oro en Juegos Suramericanos de la Juventud.