Texto oficial
Artículo 34°. Toda propuesta sobre la cual deba
recaer un acuerdo de la Sección Nacional del Sistema del
Tratado Antártico, deberá ser presentada por un
integrante, en forma escrita, al Secretario/a Ejecutivo/a,
para ser incluida en la agenda de la sesión, con, al menos,
diez días hábiles de anticipación a ésta.
La propuesta deberá ser remitida a los y las demás
integrantes de esta Sección Nacional con, al menos, cinco
días hábiles de anticipación a la realización de la
respectiva sesión.