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Artículo cuarto transitorio de la Ley 21.627

Modifica diversos cuerpos legales para establecer mayores exigencias para la obtención de la libertad condicional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1197710 / 10468279.

Texto oficial

Artículo cuarto.- El número 1 del artículo 2 entrará en vigencia en el plazo de dieciocho meses contado desde la publicación de la presente ley.".