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Artículo 6º del Decreto 15

Aprueba reglamento que fija las normas para el funcionamiento interno y conformación del comité científico asesor para el cambio climático

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1198394 / 10472602.

Texto oficial

Artículo 6º. Las personas que integran el Comité Científico deberán cumplir, a lo menos, con las siguientes obligaciones en el ejercicio de sus funciones: a) Asistir y participar de las sesiones ordinarias y extraordinarias que se convoquen. b) Proveer de documentación, antecedentes, datos e información que se requiera para el adecuado funcionamiento del Comité Científico. c) Proponer y realizar diagnósticos, análisis o estudios científicos relacionados con el cambio climático. d) Realizar las demás acciones necesarias para el adecuado cumplimiento de las funciones del Comité Científico.