Texto oficial
Artículo 10. El Ministerio de Ciencia convocará a integrar el Comité a las personas interesadas, mediante una publicación en su sitio web institucional y en los medios de comunicación impresos o digitales que estime conveniente para garantizar la difusión abierta y transparente de la convocatoria y fijará un periodo de inscripción de postulantes.