Saltar al contenido

Artículo 4° del Decreto 16

Aprueba reglamento que establece procedimientos asociados a los instrumentos de gestión del cambio climático

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1199418 / 10479603.

Texto oficial

Artículo 4°.- Características de los instrumentos de gestión del cambio climático. Los instrumentos de gestión del cambio climático deben ser complementarios y congruentes entre sí, potenciando sinergias y evitando contradicciones de objetivos, metas, acciones y medidas, con el fin de generar una mayor efectividad del Sistema de instrumentos de gestión del cambio climático. Sus contenidos deberán ser coherentes con los alcances temporales del respectivo instrumento de mayor orden, cuando corresponda, independiente del plazo de actualización propio. Asimismo, deben contener criterios de flexibilidad y progresividad, en los términos establecidos en las letras i) y o) del artículo 2 de la ley N° 21.455, permitiendo incorporar durante sus actualizaciones nuevos objetivos, metas, acciones y medidas o modificar las existentes, en función de sus evaluaciones y lecciones aprendidas, como también incluir nuevos conocimientos científicos y necesidades.