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Artículo 42 del Decreto 16

Aprueba reglamento que establece procedimientos asociados a los instrumentos de gestión del cambio climático

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1199418 / 10479659.

Texto oficial

Artículo 42.- Resolución que aprueba el anteproyecto. La Segunda Etapa concluirá con la dictación de una resolución de la autoridad responsable, que: a) Apruebe el anteproyecto; b) Someta el anteproyecto a consulta ciudadana, indicando los medios de difusión, mecanismos de acceso y participación y, cuando corresponda, los lugares y fechas de actividades de difusión o talleres participativos; c) Indique a las autoridades coadyuvantes y aquellas que participen de alguna acción o medida del instrumento; y d) Ordene la remisión del anteproyecto a las entidades de apoyo señaladas en el artículo 44 del presente reglamento, para lo cual la resolución servirá de suficiente y atento oficio conductor. Esta resolución deberá ser publicada en extracto en el Diario Oficial y en el Sistema Nacional de Acceso a la Información y Participación Ciudadana sobre Cambio Climático.