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Artículo 42 de la Ley 21.647

Otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1199483 / 10481198.

Texto oficial

Artículo 42.- Modifícase el inciso primero del artículo 3 de la ley N° 20.964 del modo siguiente: 1. Reemplázase la cantidad "12.000" por la siguiente: "15.000". 2. Reemplázase la oración "Para los años 2023 al 2025, inclusive, se dispondrán 1.000 cupos para cada año." por la siguiente: "Para los años 2023, 2024 y 2025 se dispondrán 1.000, 2.000 y 3.000 cupos respectivamente.".