Texto oficial
Artículo segundo.- Esta ley entrará en vigencia doce meses después de publicada en el Diario Oficial.".
Modifica los textos legales que indica, para prohibir la experimentación en animales en la elaboración de productos cosméticos y la venta, comercialización, importación e introducción en el mercado nacional de dichos productos cuando han sido testeados en animales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1200504 / 10487413.