Texto oficial
Artículo primero.- Declárase estado de excepción constitucional de catástrofe en las provincias de Marga Marga y Valparaíso, de la Región de Valparaíso, por un plazo de 30 días contados desde la publicación del presente decreto supremo en el Diario Oficial, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8º de la ley Nº 18.415.