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Artículo de Resolución 964 EXENTA

Establece documentos de viaje conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la ley nº 21.325, de migración y extranjería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1203443 / 10500253.

Texto oficial

1) Califica como documentos de viajes válidos para el ingreso y egreso al territorio nacional, para las personas señaladas en el considerando 4. precedente, conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Nº 21.325, de Migración y Extranjería, los siguientes: a) Pasaporte vigente; b) Identificación Militar; c) Salvoconductos válidos, vigentes y legales, expedidos por la Autoridad o Consulado correspondiente. 2) Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial. 3) Remítase copia de la siguiente resolución al Servicio Nacional de Migraciones, a la Subsecretaría del Interior, al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a la Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional de la Policía de Investigaciones de Chile.