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Artículo 25 del Decreto Con Fuerza de Ley 25

Aprueba estatuto de la universidad de la frontera, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204138 / 10503065.

Texto oficial

Artículo 25.- Subrogancia. La Rectora o el Rector será subrogada o subrogado, en caso de ausencia o impedimento, por la Prorrectora o el Prorrector. En ausencia de esta o este último lo subrogará la Vicerrectora o el Vicerrector Académico.