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Artículo transitorio de la Ley 21.677

Modifica la ley n° 17.288, sobre monumentos nacionales, con el objeto de fortalecer la publicidad de las sesiones del consejo de monumentos nacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204223 / 10503767.

Texto oficial

Artículo transitorio.- El mayor gasto fiscal que represente esta ley durante su primer año de vigencia se financiará con cargo a la partida presupuestaria del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y, en lo que faltare, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público. En los años siguientes, se financiará con cargo a los recursos que se establezcan en las respectivas leyes de Presupuestos del Sector Público.".