Texto oficial
Artículo 1.- Definición. La Universidad de Atacama es una institución de Educación Superior, de carácter estatal, creada por ley para el cumplimiento de las funciones de docencia, investigación, creación artística, innovación, extensión, vinculación con el medio y el territorio, con la finalidad de contribuir al fortalecimiento de la democracia, al desarrollo sustentable e integral del país y al progreso de la sociedad en las diversas áreas del conocimiento y dominios de la cultura.
La Universidad de Atacama es un organismo autónomo, dotado de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, que forma parte de la Administración del Estado y se relaciona con el Presidente o Presidenta de la República a través del Ministerio de Educación.
En todo lo no previsto en el presente estatuto se aplicará la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales.