Texto oficial
Artículo 3.- Domicilio. El domicilio de la Universidad será la ciudad de Copiapó y su representante legal, para todos los efectos legales, es el Rector o Rectora.
Aprueba estatuto de la universidad de atacama, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204891 / 10507392.