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Artículo 6 del Decreto Con Fuerza de Ley 16

Aprueba estatuto de la universidad de tarapacá, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204892 / 10507492.

Texto oficial

Artículo 6.- La Universidad de Tarapacá promoverá el desarrollo de un trabajo colaborativo con las demás instituciones de Educación Superior, especialmente con las universidades del Estado, mediante la contribución e interacción en el ámbito académico, la articulación de sus planes de formación, la movilidad estudiantil y académica y otras iniciativas propias de su misión. Asimismo, establece relaciones institucionales de colaboración con otras entidades nacionales e internacionales, públicas o privadas, en el ámbito de sus funciones universitarias, siempre que no sean contrarias a la misión de la Universidad de Tarapacá.