Texto oficial
Artículo 46.- Normas aplicables a los contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
Los contratos que celebre la Universidad, a título oneroso, para el suministro de bienes muebles y de los servicios que se requieran para el desarrollo de sus funciones, se regirán por lo establecido en los artículos 36, 37 y 38 de la ley Nº 21.094.