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Artículo 21 del Decreto 44

Aprueba nuevo reglamento sobre gestión preventiva de los riesgos laborales para un entorno de trabajo seguro y saludable

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205298 / 10509990.

Texto oficial

Artículo 21.- Funcionamiento eficaz de la estructura preventiva. Corresponderá a la entidad empleadora, velar por que todos los instrumentos preventivos que sean exigibles de conformidad a las normas del presente Título funcionen adecuadamente y observen los criterios de gestión indicados en el Título precedente, a fin de que tales instrumentos actúen de forma coordinada y eficaz en la prevención de los riesgos laborales.