Texto oficial
Artículo 39.- Régimen jurídico de la gestión administrativa y financiera. En el ejercicio de su gestión administrativa y financiera, la Universidad se regirá especialmente por los principios de responsabilidad, eficiencia, transparencia y rendición de cuentas, así como por las normas de derecho público que regulan los actos de los órganos de la Administración del Estado según lo previsto en el artículo 35 de la ley Nº 21.094.
En cumplimiento de lo anterior, la Universidad deberá llevar contabilidad completa de sus ingresos y gastos, conforme a principios de contabilidad generalmente aceptados, siguiendo las orientaciones de la Contraloría General de la República.