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Artículo 56 del Decreto Con Fuerza de Ley 26

Aprueba estatuto de la universidad de la serena, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205685 / 10511851.

Texto oficial

Artículo 56.- Del Reglamento. Un reglamento aprobado por el Consejo Universitario, a propuesta del (de la) Rector(a), específicamente regulará las unidades académicas indicadas en los párrafos 3°, 4°, 5° y 6° del presente Título, debiendo regular al menos las siguientes materias: a) Funciones y atribuciones de cada unidad. b) De los(as) directivos(as) responsables de cada unidad; de su elección; subrogancia y, causales de remoción. c) Funciones y atribuciones de los(as) directivos(as) responsables de cada unidad. d) De los cuerpos colegiados no estatutarios asociados a cada unidad. e) De las funciones, atribuciones e integración de los cuerpos colegiados no estatutarios de cada unidad. Sin perjuicio de lo anterior, los(as) Decanos(as), Directores(as) de Departamentos y Directores(as) de Escuelas, durarán cuatro años en sus cargos, pudiendo ser reelegidos(as), por una sola vez, para el período inmediatamente siguiente.