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Artículo segundo transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 26

Aprueba estatuto de la universidad de la serena, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205685 / 10511880.

Texto oficial

Artículo segundo.- El (la) Presidente(a) de la República tendrá el plazo de nueve meses contados desde la entrada en vigencia del presente Estatuto para nombrar a sus representantes que deben integrar el Consejo Superior. Para estos efectos, se entenderá que se mantienen en el cargo aquellos(as) representantes que integraban el órgano directivo superior de la Universidad a la fecha de entrada en vigencia de este Estatuto, a menos que el (la) Presidente(a) de la República decida su remoción por motivos fundados o para adecuar el número de éstos a lo dispuesto en el artículo 10 letra a) de este Estatuto.