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Artículo 12° de Resolución 523 EXENTA

Aprueba resolución complementaria del decreto supremo n°18, de 2020, del ministerio del deporte, y sus anexos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1206040 / 10513574.

Texto oficial

Artículo 12°.- Requisitos específicos para Modalidades Individualidades en Deporte Paralímpico. Requisitos específicos que deben cumplir los logros en Modalidades Individuales Paralímpicas, del Ciclo Paralímpico de verano o invierno, en categoría Todo Competidor y Juvenil, para el ingreso y permanencia en el Sistema de Becas. Tratándose de logros obtenidos en Campeonatos Mundiales que no cumplan con el requisito de cantidad mínima de países participantes exigidos en la prueba, previo informe de la Asesoría Técnica del Alto Rendimiento, se podrá autorizar el ingreso o permanencia, según corresponda, de un deportista al Sistema de Becas en virtud del mérito y proyección deportiva del logro obtenido.