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Artículo 20 del Decreto 12

Aprueba reglamento que regula el proceso de consulta al pueblo tribal afrodescendiente chileno

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1206123 / 10513961.

Texto oficial

Artículo 20.- Publicidad. Será público el expediente de consulta durante el curso de esta, así como su informe final una vez concluido el Proceso de Consulta, sin perjuicio del deber de velar por la protección de los datos personales de los asistentes de conformidad a la ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada o aquella que la reemplace.