Texto oficial
Artículo 5º.- Sustitúyese el Nº 5º del artículo 42 de la ley Nº 16.618, que fija el texto de la Ley de Menores, por el siguiente:
''5º. Cuando hubieren sido condenados por secuestro o abandono de menores; ''.''.
Modifica el código de procedimiento penal y el código penal en lo relativo a la detencion, y dicta normas de protección a los derechos del ciudadano
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 120617 / 7234447.