Texto oficial
Artículo 6.- La Universidad de Santiago de Chile promoverá y facilitará el acceso al deporte, la actividad física, las culturas y las artes, a través de políticas, planes y programas, considerando los espacios, infraestructura y equipamiento adecuados a los estándares vigentes, reconociendo la formación integral como una herramienta de transformación y bienestar social para la comunidad universitaria y su vinculación con el medio.