Texto oficial
Artículo 41.- Remoción del Contralor o Contralora Universitaria. La remoción procederá por alguna de las siguientes causales:
a) Notable abandono de deberes.
b) Inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente.
c) Por destitución conforme a las reglas generales.
d) Incumplimiento o contravención grave a la legislación vigente y la normativa universitaria.
e) Por contravenir gravemente el prestigio de la Universidad de Santiago de Chile.
f) Las demás causales que se establezcan en las leyes.