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Artículo TRANSITORIO del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Reemplaza titulo preliminar y libro ii de la ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 120839 · idParte: 8039465

Texto oficial

Artículo transitorio. Las normas del presente decreto con fuerza de ley, empezarán a regir transcurridos ciento ochenta días desde su publicación en el Diario Oficial.