Texto oficial
Artículo 2º.- El mayor gasto que irrogue la aplicación de lo dispuesto en el artículo precedente, será de cargo del presupuesto de la Subsecretaría de Marina del Ministerio de Defensa Nacional."
Modifica el decreto supremo (s) nº 220, de 1979, de la subsecretaria de marina, que fijo la planta de oficiales y empleados civiles de la armada
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