Saltar al contenido

Artículo 36 del Decreto 661

Aprueba reglamento de la ley n° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el decreto supremo nº 250, de 2004, del ministerio de hacienda

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1209290 / 10527540.

Texto oficial

Artículo 36.- Tipos de licitación pública. Según el monto de la adquisición o la contratación del servicio, la licitación pública puede revestir las siguientes formas: 1. Licitaciones públicas para contrataciones inferiores a 100 UTM. 2. Licitaciones públicas para contrataciones iguales o superiores a 100 UTM e inferiores a las 1.000 UTM. 3. Licitaciones públicas para contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM e inferiores a 5.000 UTM. 4. Licitaciones públicas para contrataciones iguales o superiores a 5.000 UTM. En todos los casos, las Entidades regidas por el presente reglamento deberán sujetarse a las normas descritas en este capítulo, a menos que concurra alguna de las causales previstas en la ley Nº19.886 y en el reglamento, para efectuar una Licitación Privada, un Trato Directo o Contratación Directa Excepcional con Publicidad o algunos de los procedimientos especiales de contratación.