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Artículo 18 de la Ley 21.732 · Determina conductas terroristas, fija su penalidad y deroga la ley nº 18.314

Determina conductas terroristas, fija su penalidad y deroga la ley nº 18.314

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1211036 / 10536931.

Texto oficial

Artículo 18.- Para la investigación de los delitos sancionados en la presente ley, el fiscal dispondrá un plazo especial de investigación de tres años contado desde la fecha en que la investigación hubiere sido formalizada.