Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 21.755

Modifica cuerpos legales que indica en materia de simplificación regulatoria y promoción de la actividad económica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1214890 / 10554641.

Texto oficial

Artículo 3.- Autorízase al Banco Central de Chile para suscribir, con cargo a su disponibilidad de reservas internacionales, el aumento de cuota que le corresponde a Chile en el Fondo Monetario Internacional, hasta completar la cantidad de 2.616.500.000 Derechos Especiales de Giro, contenido en la resolución Nº 79-1 "Décimo Sexta Revisión General de Cuotas", adoptada por la Junta de Gobernadores del Fondo Monetario Internacional el 15 de diciembre de 2023.