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Artículo 75 de la Ley 21.760 · Ley de adopción

Ley de adopción

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1215777 / 10558882.

Texto oficial

Artículo 75.- Modificaciones a la Ley que crea el Acuerdo de Unión Civil. Agrégase en el inciso primero del artículo 9° de la ley N° 20.830, que crea el Acuerdo de Unión Civil, la siguiente oración final: "Tampoco podrán celebrar un contrato de acuerdo de unión civil el adoptante con su adoptado.".