Texto oficial
Artículo 5.- El Servicio de Auditoría Interna de Gobierno elaborará la Política de Auditoría General de Gobierno, en adelante también la "Política", y la propondrá para su presentación y posterior aprobación del Presidente de la República, mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio del Interior.
La Política es un instrumento que contiene los lineamientos estratégicos en materias de auditoría interna, gobernanza, control interno y gestión de riesgos que deben seguir los órganos señalados en el artículo 3, durante un período de cinco años.
Corresponderá al Servicio revisar la Política, al menos, a la mitad del período de su vigencia. De estimarlo necesario, propondrá su actualización al Presidente de la República.