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Artículo 11 de la Ley 21.769 · Crea el servicio de auditoría interna de gobierno

Crea el servicio de auditoría interna de gobierno

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1217692 / 10566458.

Texto oficial

Artículo 11.- El Auditor General de Gobierno tendrá especialmente las siguientes funciones y atribuciones: a) Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar el funcionamiento del Servicio de Auditoría Interna de Gobierno y ejercer, respecto de su personal, las atribuciones propias de su calidad de jefe superior del Servicio. b) Dictar los reglamentos internos y las instrucciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos y el buen funcionamiento del Servicio de Auditoría Interna de Gobierno. c) Ejecutar los actos y celebrar los contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Servicio. En el ejercicio de estas facultades podrá adquirir, administrar y enajenar bienes de cualquier naturaleza. d) Delegar funciones o atribuciones específicas en funcionarios o funcionarias del Servicio de Auditoría Interna de Gobierno, en materias de gestión interna. e) Determinar, con sujeción a la planta y dotación máxima de personal, la estructura organizativa interna del Servicio de Auditoría Interna de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. f) Rendir cuenta anualmente de su gestión al Presidente de la República, a través de una memoria o balance institucional. g) Remitir informes trimestrales Presidente de la República que den cuenta de los principales hallazgos y compromisos para superarlos, derivados de los trabajos realizados en los órganos señalados en el artículo 3, en las materias propias de su competencia, con el objetivo de informar respecto del funcionamiento de dichos órganos y el cumplimiento de los objetivos establecidos en la Política de Auditoría General de Gobierno y de los planes de auditoría interna de dichas instituciones. Asimismo, manifestar su opinión sobre eventuales desviaciones en el cumplimiento de los objetivos establecidos en la antedicha Política y en los planes de auditoría interna, y proponer medidas de corrección y mitigación. Copia de estos informes deberán enviarse al Ministerio del Interior. h) Cumplir las demás funciones y atribuciones que establezcan las leyes.