Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 21.789 · Crea el contrato de buceo y actividades conexas

Crea el contrato de buceo y actividades conexas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1220531 / 10579354.

Texto oficial

Artículo 2.- La Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales deberá constituir un organismo sectorial de competencias laborales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la ley Nº 20.267, que crea el sistema nacional de certificación de competencias laborales y perfecciona el estatuto de capacitación y empleo, para lo cual deberá convocar a los sectores relacionados con el ámbito de la presente ley, con la finalidad de impulsar la certificación de competencias laborales de las personas trabajadoras del sector.